ODTE

Seguridad y resiliencia

Decreto N°67 año 2012, Ministerio de Energía

Establece requisitos mínimos de seguridad para el diseño, construcción, operación, mantenimiento, inspección y término definitivo de operaciones de Plantas de Gas Natural Licuado (GNL), en las que se realiza licuefacción de Gas Natural o se recibe, almacena, transfiere o regasifica GNL. Asimismo, establece las obligaciones de las personas naturales y jurídicas que intervienen en esas actividades.

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Ley 20.220 – Perfecciona el Marco Legal vigente con el objeto de resguardar la seguridad del suministro a los clientes regulados y la suficiencia de los sistemas eléctricos

Asegura la continuidad del suministro eléctrico para los clientes sujetos a regulación de precios, aun cuando puedan producirse situaciones excepcionales que afecten la normal ejecución de los contratos suscritos entre las empresas generadoras con las empresas concesionarias del servicio público de distribución de energía eléctrica.

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