ODTE

Sector Eléctrico

Decreto N°142 año 2017

Establece los requisitos, plazos y procedimientos aplicables a las solicitudes de autorización de exportación o importación de energía y demás servicios eléctricos, desde y hacia los sistemas eléctricos ubicados en territorio nacional.

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Decreto N°52 año 2018, Ministerio de Energía

Establece las disposiciones aplicables a la organización, composición y funcionamiento del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, así como las demás materias necesarias para el adecuado ejercicio de sus funciones y atribuciones, de conformidad a lo dispuesto en la Ley General de Servicios Eléctricos y demás normativa vigente.

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Decreto 125 año 2019, Ministerio de Energía

Establece las normas aplicables a la coordinación y operación del Sistema Eléctrico Nacional, así como las demás materias necesarias para el adecuado ejercicio de las funciones del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, y los derechos y deberes de los entes sujetos a dicha coordinación.

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Decreto N°12, Ministerio de Energía

Establece las disposiciones aplicables en materia de interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos, los requerimientos de información y operación que permitan su implementación y funcionamientos, las exigencias para prestar el servicio de carga de vehículos eléctricos, así como aquellas otras materias necesarias para el adecuado funcionamiento de esta interoperabilidad. 

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Decreto N°139 año 2017 del Ministerio de Energía. 

Establece el procedimiento aplicable para determinar las franjas alternativas y preliminares para aquellas obras nuevas de los sistemas de transmisión que lo requieren, y la determinación de los trazados definitivos, franjas de seguridad y constitución de servidumbres eléctricas en caso de determinarse franjas. 

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Decreto Supremo N°88 año 2020 del Ministerio de Energía

Establece que los medios de generación de pequeña escala sincronizados al sistema eléctrico, cuyos excedentes de potencia suministrables al sistema eléctrico no superen los 9 MW, tengan la opción de vender energía a costo marginal instantáneo, pudiendo acceder al nuevo mecanismo de estabilización de precios y a vender sus excedentes de potencia al precio de nudo de la potencia. Además, regula el procedimiento de interconexión, la operación y coordinación de estos medios de generación; y las demás materias necesarias para el adecuado desarrollo de la generación de pequeña escala. 

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